Resultados 🌟 Votaciones IE 15 #Año2023

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PERSONERO ESCOLAR.

En todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será un estudiante que curse el último grado que ofrezca la institución encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.

CONTRALOR ESCOLAR.

La figura del Contralor Estudiantil en las Instituciones Educativas se establece como un mecanismo de promoción y fortalecimiento del control social en la gestión educativa y espacio de participación de los jóvenes que busca la transparencia y potencia los escenarios de participación ciudadana para la vigilancia de los recursos y bienes públicos en la gestión educativa.  Por lo tanto, la figura del Contralor Escolar se articula al proceso del Gobierno Escolar, para garantizar coherencia e integralidad en este ejercicio de participación juvenil.